ISGC CONSULTORES JURÍDICOS

REGULACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD PRIVADA

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

  • Trámites de Permisos iniciales a nivel Federal, Estatal y Municipal, para las legislaciones de las Entidades que así lo dispongan
  • Trámite de revalidación de permisos a nivel Federal, Estatal y Municipal
  • Atención y Desahogo a Visitas de Verificación.
  • Elaboración y presentación de informes mensuales relativos a los rubros de personal, equipos y otros.
  • Elaboración y entrega de las notificaciones correspondientes a las diversas entidades federativas, respecto a la obtención del Permiso Federal.
  • Registro y llenado de cédulas del personal operativo.
  • Elaboración y trámite de reglamento interno de trabajo ante la junta de conciliación y arbitraje y/o Centro Federal de Conciliación y Registro.
  • Elaboración de Manuales Operativos y de Capacitación.
  • Elaboración y Registro de Programas de Protección Civil, incluyendo su capacitación.
  • Estudios socioeconómicos.
  • Elaboración y registro ante PROFECO, del contrato de adhesión, necesario para la obtención de los permisos en las modalidades y/o para los reguladores estatales que así lo requieran, para la obtención y/o revalidación de permisos.
  • Evaluaciones de perfiles (Físicos, Médico, Psicológico, Ético, Antidoping, etc.) para la Secretaria Federal, Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México y SEDENA, con Laboratorio debidamente registrado en el padrón.
  • Fianzas y Seguros para tramitar cualquier asunto relacionado con los permisos y/o autorizaciones ya sea Federal o Estatales
  • Registro ante el IMPI de la marca, o bien tramite de refrendo de registro marcario.
  • Capacitación y Elaboración de tramite DC 3 y DC 5, ante la STPS.
  • En general, la administración y cumplimiento ante los diversos entes reguladores, de las obligaciones que como empresa de seguridad privada se deben cumplir para el legal funcionamiento de la unidad de negocio.

Generalidad.

La Constitución establece las normativas básicas para homologar las funciones de seguridad pública. El carácter auxiliar de la seguridad privada las enmarca dentro del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de acuerdo con el artículo 151 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La misma Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en su artículo 150, establece las bases de coordinación y regulación nacional de los servicios de seguridad privada en el País y consigna vagamente la distribución de competencias,  y señalando que las empresas que cuenten  con la autorización de la Secretaría de Seguridad Ciudadana Federal, para prestar servicios en dos o más Entidades del País, deben cumplir con la regulación local.

Esto contraviene la distribución de competencias y complica la regulación, pues hace de competencia local a las empresas de competencia federal. Para resolver esta disyuntiva, la Suprema Corte de Justicia ordenó que la regulación local no sobrepasara los requisitos de la Ley Federal de Seguridad Privada. En la práctica se encuentra que la mayoría de las regulaciones estatales exceden los requisitos de la ley federal.

ISGC, CONSULTORES JURÍDICOS INTEGRALES, S.C., cuenta con más de 20 años de experiencia en la prestación de servicios jurídicos en materia de Seguridad Privada, garantizando a sus clientes el debido cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de las Legislaciones aplicables.

Regulación en Materia de Seguridad Privada
¿Qué empresas están obligadas a regularizarse ante la SSPC u otras autoridades competentes?

Todas las personas físicas o morales que presten servicios de seguridad privada, ya sea protección de bienes, personas, traslado de valores, o que utilicen sistemas tecnológicos de seguridad, deben contar con las autorizaciones, licencias y registros correspondientes.

¿Cuáles son los riesgos legales de operar servicios de seguridad privada sin permisos vigentes?

Operar sin la normatividad adecuada (como la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública) puede derivar en la clausura inmediata del negocio, multas económicas severas y posibles responsabilidades penales de orden federal o local para los administradores y personal operativo.

¿Cómo ayudan con las licencias para portación de armas o equipamiento especial?

Asesoramos de manera integral en los trámites institucionales requeridos ante las dependencias de seguridad y la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), asegurando que cada protocolo de armamento, chalecos y vehículos blindados cumpla estrictamente con el marco legal.

¿Qué incluye la capacitación legal para el personal operativo (guardias)?

Capacitamos a los elementos en el uso legítimo de la fuerza, protocolos de actuación ante delitos en flagrancia, derechos humanos y el respeto a la legalidad para blindar jurídicamente tanto a la empresa como a sus guardias en su jornada laboral.

Solicite la atención de uno de nuestros abogados llenando nuestro:

ISGC-Consultores Jurídicos

"Brindamos seguridad jurídica y defensa estratégica con un equipo experto comprometido en proteger el patrimonio, la estabilidad y el crecimiento de su empresa."


Esto se cerrará en 20 segundos